La Argentina de la pena de muerte

Creo que si hiciéramos una encuesta en la Argentina los ciudadanos responderían que somos un país donde no existe la pena de muerte. Claro que la ciudadanía muchas veces desconoce gran parte de las leyes y su funcionamiento pero, si interrogáramos a un público más especializado como deberían serlo los abogados, nos ratificarían esa misma creencia.

Y tienen buenos motivos para hacerlo ya que, en sus muchos años de estudio, nunca se han encontrado con una ley que consagre la posibilidad de matar legalmente a un ser humano. Ni siquiera en los casos en que la persona sufra una penosa enfermedad incurable se puede apelar a ese recurso. Es más, hasta la existencia intrauterina de un embrión no puede ser interrumpida voluntariamente. Para muestra, basta recordar que en las elecciones primarias de agosto se presentó un candidato presidencial cuya única consigna era “la defensa de las dos vidas”, apuntando a garantizar la persecución y castigo penal de las mujeres que voluntariamente quisieran interrumpir un embarazo.

Pero, aunque usted no lo crea, todos estamos mal informados al respecto. En la Argentina se ha promovido la pena de muerte y, cada tanto, los medios de comunicación dan cuenta de alguna ejecución.

Si nos comparamos con otros países donde sí se sabe que existe la pena de muerte, notaremos dos diferencias importantes: por un lado, esos países la tienen inscripta en sus códigos legales; por otro, la aplican en casos de delitos graves, normalmente asesinatos. En la Argentina la pena de muerte se aplica sin necesidad de cumplir con ningún requisito  y no en caso de delitos graves, sino sólo en caso de robos menores.

Hubo culturas mucho más piadosas donde a los ladrones, por ejemplo, se les cortaba una mano: nunca se les hubiera ocurrido que existía equivalencia entre un bien y una vida. Pero no es así en nuestro caso. Se ha naturalizado que un policía pueda dispararle a un supuesto ladrón en caso de que considere que intenta fugarse o se considera razonable que un ciudadano muera a causa de una brutal patada infligida con la supuesta intención de “reducirlo”. Cuando ocurre alguna de estas ejecuciones, el Presidente de la República y su Ministra de Defensa reciben al “héroe” que mató al ladrón o al sospechoso y lo muestran como ejemplo de “lo que hay que hacer” para tener una “sociedad mejor”.

Tampoco se exime de esta pena una persona mayor que se retira de un supermercado con algunas mercaderías que no ha pagado. Debe ser perseguido, sujetado y golpeado hasta que muera.

Tan convencida está la sociedad argentina de que no existe la pena de muerte que el propio juez liberó inmediatamente a los causantes del fallecimiento del anciano. Sólo estaban persiguiendo a un ladrón en cumplimiento de sus funciones profesionales: si por el castigo infligido el anciano muere, se trataría en el más grave de los casos de un “homicidio preterintencional” que merecerá una reducida pena en suspenso, o sea, que no se aplicará efectivamente.

A nadie se le ocurre condenar a muerte a los responsables de la muerte de los marinos del ARA San Juan ni a las personas que fugaron treinta y seis mil millones de dólares en el último año sumiendo en la pobreza a millones de argentinos. En esos casos no es tan fácil determinar las responsabilidades individuales, nos dirá enseguida alguien bien informado sobre estos temas. Pero tampoco se condenó a muerte al asesino confeso de José Luis Cabezas –que dicho sea de paso ya se encuentra en libertad–, ni a los asesinos comprobados de Kosteky y Santillán ni a los autores casi siempre identificados de feminicidios.

La pena de muerte en la argentina sí se aplica a un viejito que roba una botella de aceite. Ya sería hora de sospechar, por más desinformados que estemos, que este tipo de violencia no tiene nada que ver con una sociedad mejor.  

Agosto, 2019

emiliopauselli@gmail.com

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